Recibir una vivienda en herencia es un proceso complejo que llega en un momento emocionalmente difícil. A la pérdida de un ser querido se le suma una montaña de trámites burocráticos y decisiones importantes que tomar.
En Navarra, como en el resto de España, el proceso está muy regulado y es fundamental conocer cada paso para evitar errores y sanciones. Desde AINavarra, queremos ofrecerte una guía clara y concisa para ayudarte a navegar este proceso.
Fase 1: La Tramitación Legal (El Papeleo)
Antes de poder tomar ninguna decisión sobre la vivienda, hay que completar una serie de pasos legales para que la propiedad pase a tu nombre.
- Obtener los Certificados: Lo primero es conseguir el Certificado de Defunción, el Certificado de Últimas Voluntades (para saber si hay testamento) y el Certificado de Contratos de Seguros.
- Conseguir el Testamento o la Declaración de Herederos: Si hay testamento, se solicita una copia autorizada en la notaría donde se otorgó. Si no lo hay («sucesión intestada»), hay que tramitar un acta de Declaración de Herederos ante notario.
- Inventario y Cuaderno Particional: Se realiza un inventario de todos los bienes y deudas del fallecido. Posteriormente, se redacta el «cuaderno particional», un documento que recoge el reparto de la herencia entre los herederos.
- Aceptación de la Herencia: La aceptación se formaliza ante notario. Puede ser «pura y simple» (aceptando bienes y deudas) o «a beneficio de inventario» (las deudas se pagan solo hasta donde alcance el valor de los bienes heredados).
Fase 2: El Pago de Impuestos
Este es un punto crítico. Heredar no es gratis y hay dos impuestos principales que afrontar.
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Se paga en Navarra (si era la residencia del fallecido). El importe depende del valor de lo heredado, del parentesco y del patrimonio previo del heredero. En Navarra existen importantes bonificaciones para cónyuges y descendientes directos.
- Plusvalía Municipal (IIVTNU): Es el mismo impuesto que en la compraventa, pero aquí se paga por la transmisión «mortis causa». Grava el incremento del valor del suelo.
Tabla de Plazos Clave en una Herencia
| Trámite / Impuesto | Plazo Legal para Realizarlo | Observaciones |
| Liquidación del Impuesto de Sucesiones | 6 meses desde el fallecimiento | Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses. |
| Liquidación de la Plusvalía Municipal | 6 meses desde el fallecimiento | También prorrogable. El pago es municipal. |
| Inscripción en el Registro de la Propiedad | No hay plazo, pero es imprescindible | Necesario para poder vender o hipotecar la vivienda. |
Fase 3: ¿Y ahora qué hago con la vivienda?
Una vez la propiedad está a tu nombre, llega la gran decisión:
- Vender la vivienda: Es la opción más común cuando hay varios herederos, ya que permite repartir el beneficio de forma sencilla. Es clave tasar la vivienda a precio de mercado y contar con profesionales para agilizar la venta.
- Alquilar la vivienda: Si eres el único heredero o hay acuerdo, alquilar la propiedad puede generar una renta mensual constante. Hay que tener en cuenta los gastos de mantenimiento y la gestión de los inquilinos.
- Quedarse la vivienda (como vivienda habitual o segunda residencia): Una opción más personal y emocional, viable si no se necesita liquidez inmediata y se puede hacer frente a los gastos que genera.
Gestionar una herencia es un camino lleno de obstáculos legales y fiscales. En AINA te ofrecemos el asesoramiento experto para valorar la propiedad, gestionar su venta o alquiler, y ayudarte a tomar la decisión más beneficiosa para ti.





